El Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) aprobó en sesión extraordinaria virtual el Protocolo Sanitario para la instalación y el desarrollo de las sesiones de las Comisiones Distritales y los Comités Municipales para el proceso electoral local 2020-2021.
Dicho protocolo deberá de aplicarse al personal de los 73 órganos desconcentrados, así como a las y los visitantes (ciudadanía en general, medios de comunicación, acompañantes de representaciones de partidos políticos, etc.), que accedan a las instalaciones de las salas de sesiones.
En su intervención la consejera presidenta del organismo electoral Laura Elena Fonseca Leal, dijo que con la aprobación de este documento se está reforzando todos los protocolos que previamente el Pleno ha emitido para el cuidado y salvaguarda de la salud, así mismo hizo un llamado para que todas las personas involucradas en diferentes ámbitos del proceso electoral continúen con todos los cuidados necesarios y respeten en todo momento las reglas que para el caso se han emitido.
En otro punto del orden del día fueron aprobados los lineamientos para el registro de candidatas o candidatos a los cargos de diputados locales, e integrantes de los ayuntamientos del estado, que pretendan acceder a la reelección en el cargo, en el Proceso Electoral local 2020-2021.
Lo anterior con el fin de ponderar y garantizar tanto el derecho a ser votado de la persona interesada en reelegirse como el derecho a votar de la ciudadanía, así como salvaguardar los principios constitucionales que rigen la contienda electoral.
Así también, las personas integrantes del Pleno dieron cumplimiento a la resolución emitida por el Tribunal Electoral de San Luis Potosí dentro del expediente del recurso de revisión TESLP/RR/16/2020, el cual revoca el acuerdo aprobado por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí en fecha 29 de septiembre del año 2020 y que tiene por objetivo el establecimiento del límite máximo de gastos de campaña, por tipo de elección, para el Proceso Electoral Local 2020-2021.
Siendo así que derivada de la resolución en comento únicamente se modifica lo que hace al límite de gastos de campaña establecido para la elección de cada uno de los 58 ayuntamientos a renovarse el próximo 06 de junio de 2021. En el ejercicio de los topes establecidos, los partidos políticos además deberán respetar los límites de aportaciones privadas que por las distintas vías de financiamiento privado puedan obtener.
Este nuevo acuerdo se realizó con las consideraciones señaladas por el Tribunal Electoral de San Luis Potosí en las que destaca la observancia de los principios de equidad y proporcionalidad y la determinación de una metodología viable, congruente y proporcional para la fijación de los topes de gastos de campaña en cada uno de los 58 municipios; considerando el número de electores inscritos en el padrón, la extensión territorial del municipio y el número de seccionales electorales.
Finalmente, el C.P. Jesús Chevaile Abad Contralor Interno del CEEPAC presento a las personas integrantes del Pleno los criterios respecto a los sujetos obligados a presentar las declaraciones patrimoniales y posibles conflictos de intereses, para todas las personas servidoras públicas del organismo obligadas, lo anterior en virtud de los acuerdos aprobados por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.
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