El Artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional dispone que los servidores públicos cuya relación jurídica de trabajo se regula por esa Ley, tienen derecho a un aguinaldo anual que será equivalente a 40 días de salario, cuando menos, sin deducción alguna, y que se deberá pagar el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero.
Sin embargo, el decreto publicado este jueves ordena recortar de 40 a 20 días de salario el monto del aguinaldo para el personal de nivel de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como al personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentra en funciones en territorio nacional.
En este grupo de servidores públicos se incluyen los puestos que van de enlace hasta nivel de presidente, pasando por jefe de departamento, director, subdirector, adjunto, jefe de unidad, director general, subsecretario y secretario de Estado y presidentes de organismos.
En el caso del personal de confianza del Gobierno, del personal del Servicio Exterior Mexicano y de Personal Militar Activo, se agregó la palabra "hasta" como criterio limitante para pagar el aguinaldo, es decir, el año pasado el aguinaldo a ese personal era de "40 días de salario" tal cual lo marca la Ley, pero este año será de "hasta 40 días" de salario, por lo que podrían recibir menos días de aguinaldo o incluso nada si restituyen su aguinaldo a la Tesorería.
Para el personal por honorarios, si bien ellos no tienen el derecho al aguinaldo por no tener estabilidad en el empleo, el decreto del año pasado sí consideró el pago de aguinaldo hasta por 40 días de salario, pero este año el aguinaldo que recibirán será en función del aguinaldo que se otorgue al personal con plaza presupuestaria que tenga el nivel equivalente a su puesto.
Los servidores públicos de base, es decir, aquellos sindicalizados afiliados principalmente a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, son los únicos a quienes se les respetarán sus 40 días de aguinaldo en los términos de la Ley.
Alejandro Avilés, asesor sindical y académico de la UNAM, señaló que el argumento del decreto para reducir los días de salario es la pandemia, no obstante, el fondo está relacionado con las medidas de austeridad del gobierno.
Explicó que la diferencia de este decreto respecto al de hace un año radica en el número de días que se les va a proporcionar a los servidores públicos de aguinaldo, ya que hace un año el decreto básicamente daba de forma pareja a todos los servidores los 40 días de aguinaldo, mientras que hoy se establecen días diversos.
"Me parece que esta acción del presidente de restituir su aguinaldo a la Tesorería es como una línea para que los servidores públicos, por lo menos los de confianza, los de mandos medios y altos sigan el ejemplo del presidente a efecto de que también restituyan su aguinaldo a la Tesorería", explicó.
Avilés indicó que agregar este año el considerando "hasta 40 días de salario" abre la puerta a que los funcionarios reciban desde un día de salario de aguinaldo hasta 40 días, aunque también podrían no recibir aguinaldo.
"¿Qué significa esto?, ¿el Ejecutivo federal puede determinar de manera unilateral cuántos días de aguinaldo va a proporcionar a determinados servidores publicó?, pues la respuesta es no porque la Constitución en su Artículo 123 dice que gozarán del derecho al salario y al aguinaldo. El aguinaldo es irrenunciable y todos los servidores públicos tienen derecho a recibirlo, si se les pretende reducir de manera unilateral hay una violación a un derecho, aquí el asunto es quién se va a inconformar", expuso.
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